Actualmente se
reconoce que la evaluación de riesgos es la base para una gestión activa de la
seguridad y la salud en el trabajo, se
establece como una obligación para el empleador:
• Planificar la acción
preventiva a partir de una evaluación inicial de riesgos.
• Evaluar los riesgos
a la hora de elegir los equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos y
del acondicionamiento de los lugares de trabajo.
La evaluación de los
riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos
que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empleador
esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de
adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben
adoptarse.
El proceso de
evaluación de riesgos se compone de las siguientes etapas:
• Análisis del riesgo,
mediante el cual se Identifica el peligro o se estima el riesgo, valorando
conjuntamente la probabilidad y las consecuencias de que se materialice el
peligro.
El Análisis del riesgo
proporcionará de qué orden de magnitud es el riesgo.
• Valoración del
riesgo, con el valor del riesgo obtenido, y comparándolo con el valor del
riesgo tolerable, se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en
cuestión.
Si de la Evaluación
del riesgo se deduce que el riesgo es no tolerable, hay que Controlar el
riesgo.
Al proceso conjunto de
Evaluación del riesgo y Control del riesgo se le suele denominar Gestión del
riesgo.
Si de la evaluación de
riesgos se deduce la necesidad de adoptar medidas preventivas, se deberá:
• Eliminar o reducir
el riesgo, mediante medidas de prevención en el origen, organizativas, de protección
colectiva, de protección individual o de formación e información a los
trabajadores.
• Controlar
periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el
estado de salud de los trabajadores.
El empleador deberá consultar
a los representantes de los trabajadores, o a los propios trabajadores en
ausencia de representantes, acerca del procedimiento de evaluación a utilizar
en la empresa o centro de trabajo.
Cuando existe normativa
específica de aplicación, el procedimiento de evaluación deberá ajustarse a las
condiciones concretas establecidas en la misma.
La evaluación inicial
de riesgos deberá hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa,
teniendo en cuenta:
a) Las condiciones de
trabajo existentes o previstas
b) La posibilidad de
que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características
personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.
Deberán volver a
evaluarse los puestos de trabajo que puedan verse afectados por:
- · La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías a la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.
- · El cambio en las condiciones de trabajo.
- · La incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido los hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto.
La evaluación de riesgos
debe ser un proceso dinámico. La evaluación inicial debe revisarse cuando así lo
establezca una disposición específica y cuando se hayan detectado daños a la
salud de los trabajadores o bien cuando las actividades de prevención puedan
ser inadecuadas o insuficientes.
Para ello se deberán
considerar los resultados de:
a) Investigación sobre
las causas de los daños para la salud de los trabajadores
b) Las actividades
para la reducción y el control de los riesgos
c) El análisis de la
situación epidemiológica.
Además de lo descrito,
las evaluaciones deberán revisarse periódicamente con la periodicidad que se acuerde
entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
Finalmente la
evaluación de riesgos ha de quedar documentada, debiendo reflejarse, para cada
puesto de trabajo cuya evaluación ponga de manifiesto la necesidad de tomar una
medida preventiva, los siguientes datos:
- · Identificación de puesto de trabajo
- · El riesgo o riesgos existentes
- · La relación de trabajadores afectados
- · Resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes.
- · Referencia a los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados, si procede.